Esta semana, y siguiendo el modelo catalán, se proclamó la independencia en Asturias. A pesar de la incredulidad de España, Rusia o Camerún, nuestra región sigue adelante con el proceso constituyente y ya tiene redactado incluso un primer borrador de su CONSTITUCIÓN. A continuación os mostramos varios de los artículos que ya se han cerrado en el parlamento asturiano mediante amplio consenso:
ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN ASTURIANA:
Art.1-Asturias se constituye en un Estado democrático que propugna como valores superiores la libertad, la justicia y tarifa plana de sidra.
Art.2-La forma política del Estado asturiano es la FOLIXA parlamentaria.
Art.3-La bandera asturiana es la rectangular con la Cruz de la Victoria en amarillo sobre fondo azul y se utilizará obligatoriamente en edificios públicos, fiestes de prau y carreras de Fernando Alonso.
Art.4-Las Fuerzas Armadas asturianas tienen como misión garantizar la soberanía de Asturias, defender su integridad y controlar Mercaplana y el descenso del Sella.
Art.5-La nacionalidad asturiana se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por ley o si confundes el pastel de cabracho con un dulce.
Art.6-Ningún asturiano de origen podrá ser privado de su nacionalidad, a no ser que beba la sidra sin escanciar.
Art.7-Los españoles son mayores de edad nada más nacer.
Art.8-Los extranjeros gozarán en Asturias de las libertades públicas que garantiza el estado excepto si piden un cachopo para seis, que entos hay que matalos.
Art.9-Todos tienen derecho a la vida sin que puedan ser sometidos a tortura ni tratos inhumanos, a no ser los madrileños que corren cuando llueve.
Art.10-Todo asturiano tiene derecho a la libertad, a la seguridad y a la folixa.
Art.11-Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad y a pasar gratis el peaje del Huerna.
Art.12-El domicilio es inviolable. Ningún registro podrá hacerse sin consentimiento del titular, salvo en caso de flagrante delito como ser francés.
Art.13-Los asturianos tienen derecho a circular por el territorio asturiano, pero están obligados a ir a Covadonga una vez al año.
Art.14-Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las whatsapps enviados a las 3 de la mañana con una moña de la virgen desde Casa Koty, salvo resolución judicial o que lo requiera tu madre.
Art.15-La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor, la intimidad y los discos de Víctor Manuel descargados con el Emule.
Art.16-Se reconocen los derechos a la producción y creación literaria y artística. Menos a Melendi.
Art.17-Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Y de les otres reuniones también, siempre que no haya muertos y acaben todos abrazados y cantando tonada.
Art.18-Todos los asturianos tienen el derecho a la educación y a cagase en dios y en su madre.
Art.19-La enseñanza básica es obligatoria y gratuita y emanará de la madre asturiana, la cual puede ejercer la potestad y sana costumbre de dar “una buena hostia a tiempu”.
Art.20-Todo asturiano tiene el derecho y el deber de defender a Asturias y cobrar una prejubilación de Hunosa de 2.500 euros. Mas la cesta de Navidad con turrón blando.
Art.21-Todos los asturianos tienen derecho a una vivienda digna. Y a un chigre debajo de ella. Chigre que tenga local pa espiches, se entiende.
FIN DEL CAPÍTULO 2.